Cristina SALAZAR
Formadora I
Normativa frente a arco eléctrico
La ocurrencia de un arco eléctrico genera la suficiente energía como para causar daños importantes en las instalaciones, incendios y lesiones no solo al trabajador sino también a las personas que se encuentran a su alrededor. En este post nos centramos en la normativa frente al arco eléctrico.
En el presente artículo vamos a abordar la normativa de aplicación existente relativa a las protecciones a implementar para atajar esta problemática, que a nivel europeo y español es un tanto parca.
Norma europea EN 50110-1 «Operation of electrical installations»
La norma europea EN 50110-1 “Operation of electrical installations” establece los requerimientos de seguridad para los trabajadores en instalaciones eléctricas y en su proximidad. En Europa hay muchas leyes nacionales, normas y reglamentos internos basados en esta norma.
En España, la normativa que regula estos requerimientos de seguridad en las instalaciones eléctricas o en su proximidad es el R.D. 614/2001 “Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico”.
R.D 614/2001
El R.D. 614/2001 principalmente especifica las técnicas y procedimientos de trabajo:
- Anexo I: Definiciones
- Anexo II: Trabajos sin tensión
- Anexo III: Trabajos en tensión
- Anexo IV: Maniobras, mediciones ensayos y verificaciones
- Anexo V: Trabajos en proximidad
- Anexo VI: Trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. Electricidad estática
Anexo I
Respecto al tema de arco eléctrico, en el Anexo I, en el punto 1, define como riesgo eléctrico:
a) Choque eléctrico por contacto con elementos en tensión (contacto eléctrico directo), o con masas
puestas accidentalmente en tensión (contacto eléctrico indirecto).
b) Quemaduras por choque eléctrico, o por arco eléctrico.
c) Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico.
d) Incendios o explosiones originados por la electricidad.
Así mismo, en el punto 7, define Zona de peligro o zona de trabajos en tensión como espacio alrededor de los elementos en tensión en el que la presencia de un trabajador desprotegido supone un riesgo grave e inminente de que se produzca un arco eléctrico, o un contacto directo con el elemento en tensión, teniendo en cuenta los gestos o movimientos normales que puede efectuar el trabajador sin desplazarse.
Anexo III
En el Anexo III, en el caso particular de Reposición de fusibles (C.1)
a) En instalaciones de baja tensión, no será necesario que la reposición de fusibles la efectúe un trabajador cualificado, pudiendo realizarla un trabajador autorizado, cuando la maniobra del dispositivo portafusible conlleve la desconexión del fusible y el material de aquel ofrezca una protección completa contra los contactos directos y los efectos de un posible arco eléctrico.
Anexo IV
Y por último en el Anexo IV punto 2:
El método de trabajo empleado y los equipos y materiales de trabajo y de protección utilizados deberán proteger al trabajador frente al riesgo de contacto eléctrico, arco eléctrico, explosión o proyección de materiales. Entre los equipos y materiales de protección citados se encuentran:
a) Los accesorios aislantes (pantallas, cubiertas, vainas, etc.) para el recubrimiento de partes activas o masas.
b) Los útiles aislantes o aislados (herramientas, pinzas, puntas de prueba, etc.).
c) Las pértigas aislantes.
d) Los dispositivos aislantes o aislados (banquetas, alfombras, plataformas de trabajo, etc.).
e) Los equipos de protección individual. (pantallas, guantes, gafas, cascos, etc.).
Como se puede constatar, el arco eléctrico en el ámbito nacional es un tema que no se trata con la profundidad necesario, hecho este que ciertas compañías y empresas intentan compensar implantando los protocolos exigidos en la legislación estadounidense, donde la normativa está bastante más desarrollada.
Esta normativa USA será comentada próximamente en un nuevo post.
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